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Aprueba INE bases para designación del candidato del Frente Amplio por México

Foto: Especial

La comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó las bases del bloque opositor para designar al responsable de la “Construcción del Frente Amplio por México”. Sin embargo, se enfatiza que no se puede realizar proselitismo en ninguna actividad pública o privada desarrollada por el PAN, el PRI y el PRD, ya sea de forma conjunta o individual.

Estas bases deberán ser sometidas a consideración del consejo general del INE durante esta semana para su eventual confirmación. Según el anteproyecto aprobado por la comisión, se exige que todas las acciones realizadas en el contexto de la “Construcción del Frente Amplio por México” se ajusten a los objetivos políticos y sociales establecidos, los cuales no podrán tener naturaleza electoral.

El documento también establece que aquellos que aspiran a un cargo público deben respetar los plazos de precampañas y campañas, evitando llamados al voto. Las acciones y la propaganda no deben buscar respaldo para personas en particular, ni promover la plataforma de un partido o coalición con el objetivo de obtener una precandidatura. Además, se requiere transparencia en el financiamiento, con informes trimestrales sobre ingresos y gastos.

La integración del Frente se basa en las reglas internas de cada partido político participante y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, con la posibilidad de renovarse por tres años o modificarse si así lo determinan las partes involucradas.

El texto aprobado por la comisión será sometido a votación en el Consejo General del INE, y su vigencia iniciará una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación.

Se aclara que el Frente propuesto actualmente es diferente al “Frente Ciudadano por México” que existió en 2017, y no hay impedimento para que coexistan ambos frentes.

El INE enfatiza que el frente debe cumplir con las obligaciones constitucionales y legales, y que las acciones y estrategias deben ser de carácter no electoral, de acuerdo con el artículo 85 de la ley de partidos políticos.

Se les recuerda también que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ha emitido medidas cautelares contra ciudadanos diversos por posibles actos anticipados de precampaña y/o campaña para el proceso electoral federal 2023-2024.

Finalmente, se instruye a los partidos a enviar al INE la información sobre la integración de sus comisiones ejecutivas, comités organizadores y emblemas distintivos en el momento oportuno.