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Minera canadiense obtiene suspensión contra reforma a la Ley Minera de la 4T

Un juez federal dio una suspensión parcial a la reforma a le Ley Minera, promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y publicada a finales de abril por el Congreso de la Unión, debido al amparo promovido por la empresa canadiense First Majestic Plata.

La empresa First Majestic Plata argumentó tener solicitudes de concesión en trámite ante la Secretaría de Economía y busca que no resulten afectados con la reforma, según reportó Nación 321.

Ulises Rivera González, titular de juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en ciudad de México, concedió la medida cautelar contra el artículo quinto transitorio de la reforma, el cual impacta de inmediato a las empresas del ramo, informó La Jornada.

“Las solicitudes en trámite de nueva concesión de exploración y explotación se desecharán sin mayor trámite, en virtud de lo dispuesto por el presente Decreto”, establece dicho párrafo.

¿De qué trata la Ley Minera?

La Ley Minera implica además modificaciones a la Ley Minera, Ley de Aguas Nacionales, Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos

Entre las modificaciones que destacan están la eliminación del carácter preferente de las actividades mineras sobre cualquier otro uso o aprovechamiento de los terrenos, excepto en caso de utilidad pública y la exploración del territorio para la búsqueda de minerales que en exclusividad del Estado.

Las concesiones mineras se otorgarán sólo para explotación mediante concursos públicos (licitaciones) que realice la Secretaría de Economía.

Además, se contempla la eliminación de la minería submarina y en áreas naturales protegidas. Además, se elimina la figura de terreno libre, para evitar que se soliciten concesiones en cualquier parte del territorio nacional que indiquen los particulares. Y se añade la posibilidad de interponer juicio de lesividad.

Se establece la prioridad del suministro de agua para consumo humano y doméstico en el otorgamiento de la concesión de agua, que es uno de los requisitos para otorgar la minera.

También, entre otros puntos, se reserva al Estado la explotación de minerales como litio y uranio.